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Certificación a Productores de Tequila
La Certificación de Cumplimiento con la NOM se otorga al Productor Autorizado, persona física o moral que cuenta con instalaciones ubicadas en el territorio comprendido en la Declaración de la Denominación de Origen y que dentro de sus actividades se dedica a la elaboración de Tequila.
Ésta certificación se encuentra sujeta al cumplimiento de las disposiciones contenidas en las NOM-006-SCFI-2012.-Bebidas alcohólicas Tequila Especificaciones, y demás disposiciones aplicables.
Documento a obtener: Certificado de Cumplimiento con la Norma para Tequila y/o Dictamen Técnico para Tequila 100%.
Vigencia del documento: 1 año calendario con renovación automática (mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
Usuarios: Prospectos a Productores Autorizados y Productores Autorizados.
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.
Lugares donde realizar este trámite: Av Patria No. 723 C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
Horario: 8:30 a 6:30 Lunes a Viernes.
Costo: Sin costo.
Dudas: (33)1002-1908
Requisitos:
Requisitos:
1. Dictamen Técnico emitido por el Consejo Regulador del Tequila.
2. Autorización para producir Tequila y/o Tequila 100%, emitida por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaria de Economía.
3. Numero de Registro del Productor que Acompañara la Contraseña Oficial NOM emitido por el Consejo Regulador del Tequila.
4. Autorización para el uso de la Denominación de Origen Tequila (DOT) emitido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Dictamen Técnico Tequila y/o Tequila 100%
El Dictamen Técnico es el documento donde se emite un juicio técnico sobre el cumplimiento con la NOM en la elaboración de Tequila. Es uno de los requisitos que solicita la Dirección General de Normas de la SE (DGN) para otorgar la autorización para producir Tequila y/o Tequila 100%; y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), para el uso de la Denominación de Origen Tequila (DOT), además es requisito indispensable para la Certificación como Productor Autorizado.
Con la solicitud y la documentación, personal del CRT verificará en las instalaciones del fabricante el cumplimiento de la Norma del Tequila, durante la elaboración de un lote, y validara la información ostentada en el cuestionario de dictaminación. La verificación comprenderá desde la entrada del agave hasta el producto terminado, con los resultados favorables de la verificación se emitirá el Dictamen Técnico.
Documento a obtener: Dictamen Técnico para Tequila y/o Dictamen Técnico para Tequila 100%.
Vigencia del documento: Indefinido (mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
Usuarios: Prospectos a Productores Autorizados y Productores Autorizados
Tiempo de respuesta: El tiempo que la empresa demande para elaborar un lote de tequila
Lugares donde realizar este trámite: Av Patria No. 723 C.P. 45030, Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México.
Horario: 8:30 a 6:30 Lunes a Viernes.
Costo: Ver tabla
Dudas: (33)1002-1908.
Requisitos:
Copia certificada ante notario del acta constitutiva de la empresa, en la que se especifique el nombre de sus principales directivos y su representante legal.
• Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes.
• Copia del documento que acredite la posesión total del inmueble con vigencia de por lo menos 1 año (Ejem.: escrituras, contrato de arrendamiento o contrato de comodato, escrito del comisariado ejidal etc.)
• Solicitud de Prestación de Servicios y Obligaciones del Cliente (formato proporcionado por el CRT) (Descargar archivo).
• Cuestionarios de dictaminación (formatos proporcionados por el CRT) (Descargar archivo).
• Original donde declare bajo protesta de decir verdad sus relaciones con otras empresas productoras envasadoras o comercializadoras de tequila existentes o que haya existido.
• Comprobante de que se cuenta con el suministro de Agave, (constancia de Predios ) deberá de coincidir con los registros del CRT (cuando los predios no estén a nombre de la empresa a Dictaminar presentar contrato de suministro entre el titular del predio y la empresa a dictaminar).
• Contar con Internet en las instalaciones.
Autorización para Producir Tequila y /o Tequila 100%
1. Acudir al Consejo Regulador del Tequila, A.C. para obtener la siguiente documentación:
• Original del Dictamen para producir Tequila y/o
• Original del Dictamen para producir Tequila 100% de agave.
• Original del Dictamen de las etiquetas que se van a utilizar para el Tequila 100% de agave.
2. Acudir a la Dirección General de Normas y presentar la solicitud para producir tequila mediante escrito libre, indicando la o las categorías de Tequila para la o las cuales se solicita la Autorización para producir Tequila, anexando la información citada en el numeral 1 y además:
• Copia del Registro de Empresa
• Copia del Registro Federal de Causantes de la empresa.
• Copia del Acta Constitutiva de la empresa (presentar copia certificada para cotejo)
• Original del escrito donde declaren bajo protesta de decir la verdad, sus relaciones con otras empresas productoras, envasadoras o comercializadoras de Tequila, existentes o que hayan existido.
• Comprobante de que cuentan con el suministro de agave necesario para producir Tequila (el agave deberá ser cosechado dentro del territorio de Denominación de Origen). Se puede presentar copia de los contratos o convenios de compra de agave o comprobantes de posesión de plantíos de agave. Nota.- Esta información deberá coincidir con los registros de plantaciones del Consejo Regulador del Tequila, A.C.
• Comprobantes de potabilidad del agua. Se puede presentar copia de los comprobantes de adquisición de equipo de filtrado y potabilización del agua o, comprobantes de compra de agua potable para el proceso de elaboración del Tequila.
• Copia de convenios de corresponsabilidad con los envasadores, cuando la empresa cuente previamente con autorización para producir tequila o tequila 100% de agave y esté solicitando ampliación de categoría (en el caso de autorizaciones nuevas no es necesario presentar este requisito)
• El escrito debe ser firmado por el representante legal de la empresa, anexando el poder correspondiente.
LAS SOLICITUDES SE RECIBEN EN LAS INSTALACIONES DE LA DGN UBICADAS EN AV. PUENTE DE TECAMACHALCO No. 6, PISO 3, COL. LOMAS DE TECAMACHALCO, SECCIÓN FUENTES, C.P. 53590. NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MEXICO.
EL HORARIO DE RECEPECION ES DE 9:00 A 14:00 HORAS, MOMENTO EN QUE LA OFICILÍA DE PARTES DE LA DGN CIERRA SUS ACTIVIDADES.
IMPORTANTE: EL PERSONAL DE OFICIALÍA DE PARTES NO ESTÁ FACULTADO PARA EMITIR OPINION SOBRE LOS DOCUMENTOS QUE SE RECIBEN NI PARA INFORMAR LA VIABILIDAD DEL TRÁMITE, TAN SÓLO SE LIMITA A RECIBIR LOS DOCUMENTOS Y A EXPEDIR EL ACUSE DE RECIBO, CON NUMERO DE FOLIO, EN LA COPIA SIMPLE DE LA PROMOCIÓN QUE EL PARTICULAR LLEVE PARA TALES EFECTOS.
NO SE RECIBEN DOCUMENTOS QUE NO INGRESEN POR LA OFICILÍA DE PARTES.
EL TRÁMITE NO TIENE COSTO ALGUNO.
NO ES NECESARIO VENIR PERSONALMENTE, SE PUEDEN ENTREGAR LOS DOCUMENTOS POR MENSAJERO, SIEMPRE Y CUANDO EL MISMO LES ENTREGUE SU ACUSE DE RECIBO CON NÚMERO DE FOLIO (ES IMPORTANTE CONOCER Y CONSERVAR EL NÚMERO DE FOLIO, YA QUE EL MISMO SIRVE PARA CUALQUIER CONSULTA SOBRE EL TRÁMITE).
Número de Registro del Productor Autorizado
El Número de Registro del Productor Autorizado es una distinción que va acompañado de la contraseña oficial (NOM), que permite al consumidor constatar que los productos o servicios que adquiere han cumplido con los estándares de calidad de las normas oficiales mexicanas logrando tener mayor control de las empresas en el mercado y garantizando la calidad de los productos al consumidor final.
La contraseña se compone de tres partes:
Usuarios: Prospectos a Productores Autorizados.
Documento a obtener: Número del Registro que acompaña a la Contraseña Oficial NOM.
Vigencia del documento: Indefinido (Mientras se siga cumplimiento con los supuestos que le dieron origen a su emisión).
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.
Lugar donde realizar este trámite: Ave. Patria 723, Col. Jardines de Guadalupe CP.45030, Zapopán Jalisco, México.
Horario: 8:30 a 6:30 Lunes a Viernes
Costo: Sin Costo
Para dudas: (33) 1002-1904
Requisitos
Una vez cumplidos los requisitos, el Organismo de Certificación emitirá el Numero de Registro al Productor Autorizado con fundamento en el artículo 76 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, LFMN y la Norma Oficial Mexicana NOM-106-SCFI-2000, así como con el punto 10.4, 11.1 inciso j) y punto 11.2.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2005, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones.
Av Patria No. 723 C.P. 45030,
Jardines de Guadalupe, Zapopan, Jalisco, México
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Teléfonos:
Conmutador (0133) 1002-1900
Fax (0133) 1002-1925
Fax (0133) 1002-1926
Email:crt@crt.org.mx
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